El orden de los apellidos
Pocos asuntos han provocado en los últimos tiempos un estallido de acritud, tanto en el ámbito público como en el privado, como el anuncio de una reforma del Registro Civil que contempla – en caso de desacuerdo – ordenar los apellidos alfabéticamente. A muchos ha sorprendido esa acritud (se ha llegado a hablar de “atentado contra la familia”: dos hermanos con apellidos en diferente orden, ¿se reconocerán como tales?), si se la compara con la escasa urgencia del problema frente a otros que padecemos o nos amenazan.
Se ha criticado en la proyectada reforma los mismos vicios que en la de 1999, que, al asignar por defecto la primacía al apellido paterno, dejaba la decisión última al padre. Ahora parece incluso más arbitrario (aunque ciertamente, neutral respecto del género), porque se deja al progenitor cuyo apellido se sitúa antes según el abecedario. Algunos predicen, a largo plazo, la desaparición de todos los apellidos españoles, menos ‘Abad’ y algún otro. No es difícil de entender la polémica, sin embargo, como doble síntoma de la agonía de la sociedad patriarcal, de que venimos y que se trata de desalojar de sus últimos reductos con reformas con ésta, por un lado, y del temor a incrementar los costes de la administración de Justicia, por otro.
Porque lo que quiere la reforma es sustraer al ámbito judicial una decisión que, en países de nuestro entorno, se le ha asignado. En el Reino Unido, por ejemplo, un juez decide en caso de desacuerdo, y con frecuencia lo hace arrojando una moneda al aire. Como sabían ya los antiguos griegos, en estos casos el azar es lo más justo. Pero aquí, con una administración de Justicia famosa por sus retrasos, no se la quiere sobrecargar aún más. Se quiere que sea un funcionario del Registro quien lo decida, en el acto. Y un funcionario no tiene prerrogativas para lanzar la moneda al aire. Un simple funcionario tan sólo puede elegir de forma que pueda verificarse sin género de dudas por un funcionario superior en caso de recurso. De ahí el orden alfabético. ¿De qué otra forma, si no? Claro que, vista la beligerancia de las mujeres y la contumacia de los varones, muchas parejas pueden romper por motivo tan nimio, lo que supondrá un verdadero despilfarro.
Dados los parámetros del problema, propongo la siguiente solución. De la reforma de 1999 conviene conservar la autonomía de las partes: el orden será determinado de común acuerdo. Faltando éste, se dará primacía al apellido paterno en los hijos varones y al materno en las hijas. Mayor igualdad, y más barata, imposible.
Etiquetas: derecho, desigualdad
0 comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]
<< Inicio