miércoles, 5 de mayo de 2010

El absurdo del contrato único de trabajo

Mi amigo Manuel Suárez, profesor de Matemáticas que fue de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Castilla-La Mancha en Albacete, me dijo una vez que, de todas las profesiones intelectuales, la que daba gente más espabilada era la de los juristas, y la que menos, la de los matemáticos. Le pregunté por su opinión acerca de los economistas. Me respondió: “Depende de quiénes os situéis más cerca, si de los matemáticos o de los juristas”.

El propósito fundamental del contrato único de trabajo es acabar con la tutela judicial de la relación de trabajo (excepto por lo que se refiere a su contenido como relación privada de naturaleza contractual). Conseguirlo significaría instaurar de una vez por todas el despido libre indemnizado. Actualmente, el despido no es libre, sino que tiene que pasar bien por una resolución administrativa, bien por una sentencia judicial que lo declare “injusto” (improcedente). De lo que se trata con el contrato único es que el empresario pueda despedir cuando y a quien se le antoje, sin más que pagar la indemnización estipulada. La empresa se ahorraría así los costosos salarios de tramitación, que ahora se suman a la indemnización como costes del despido. Matemáticamente, perfecto.

En lo que no han pensado los campeones del contrato único es en las consecuencias jurídicas de su instauración. Ellos confían en que todo el mundo, asalariados, sindicatos, abogados laboralistas y jueces se amolden a lo que se espera de ellos. Pero lo más probable es que no. Actualmente, la tasa de afiliación sindical es muy baja en España; menos de uno de cada cuatro asalariados es miembro de un sindicato. Sin embargo, la Constitución Española de 1978 reconoce la libertad sindical como uno de los derechos fundamentales. Los asalariados no tendrían más que afiliarse en masa a cualquier sindicato y llevar a cabo una actividad conocida como militantes sindicales en su empresa, con un registro demostrable de llamamientos a la huelga y otras movilizaciones, para que su despido pudiera ser denunciado como una caso flagrante de violación de la libertad sindical y, por tanto, de un derecho fundamental, lo que permitiría llevar el caso, no ya hasta el Supremo, sino hasta el mismísimo Tribunal Constitucional. Lejos de un par de meses, los salarios de tramitación abarcarían años.

Luego los defensores del contrato único están propiciando, con su propuesta, un escenario de afiliación masiva a los sindicatos y de conflictos sindicales mucho más duros que lo que estamos acostumbrados a ver, porque todo eso se convertiría en una garantía frente al despido. ¿Es eso lo que se busca?

¿O vamos a plantearnos, también, una reforma de la Constitución?

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miércoles, 28 de abril de 2010

Las barbas de tu vecino

Lo he dicho repetidamente: el gran error de política económica en esta crisis ha sido imponer la ortodoxia financiera cuando la reactivación era una esperanza, todavía no una realidad. Al hacerlo, se ha encomendado la dirección de los esfuerzos de salida de la crisis a los mercados, que nos hundieron en ella. Lo he dicho repetidamente, pero mi opinión no cuenta.

Ahora, la situación financiera empeora aceleradamente. El Eurogrupo no se reunirá hasta el 10 de mayo, pero Grecia no puede esperar tanto. A dos semanas de la cita, lo más probable es que Grecia se tenga que declarar en suspensión de pagos, y que se sucedan quiebras financieras en cadena. Un desarrollo así no tranquilizará a los mercados, sino todo lo contrario. Después de Grecia, harán objeto de su histeria a Portugal a Irlandsa y España. Se trata de que la ruleta pase de largo de nuestro país.

¿Qué debe hacer España? Lo primero, se tiene que firmar la reforma laboral, en los términos planteados por el gobierno. Esto no arreglará nada – vengo diciéndolo también desde hace tiempo – pero ayudará a ganar tiempo. Si no se pacta la reforma ahora, vendrán los mercados a dictárnosla dentro de unas semanas o a lo sumo meses.

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miércoles, 21 de abril de 2010

Despido libre

Un amable lector pregunta si es legal en España despedir libremente a un trabajador. Otro, que da por hecho que no lo es, pregunta cuándo lo será.

Tiene razón el segundo. Según he explicado en estas mismas páginas, no hay despido libre en España. Aquí sólo es legal despedir a un trabajador que quiere continuar en su puesto laboral mediante resolución administrativa – sustanciada tras un expediente de regulación de empleo – o judicial. Pero su pregunta, la del segundo lector, es interesante porque no se refiere a si el despido libre es bueno o malo, que es la gran discusión del momento, sino para cuándo podemos esperar que lo haya.

La respuesta es condicional: depende. Ahora mismo, hay sobre la mesa del diálogo social, entre la patronal CEOE y los sindicatos CCOO y UGT, una propuesta del gobierno de reducir la indemnización por despido, de los actuales 45 a 33 días por año, en las nuevas contrataciones. Si los sindicatos entran a negociar esta propuesta, que mantiene la tutela judicial sobre el contrato laboral, se puede decir que el despido libre se hará esperar en España. ¿Cuánto? Es difícil decirlo. Dependerá de si la crisis se prolonga. En todo caso, no antes de las próximas elecciones generales.

Pero ¿y si los sindicatos rechazan la propuesta del gobierno? Puede ocurrir en varios escenarios. Los sindicatos podrían levantarse este año de la mesa, como el año pasado lo hizo la patronal. O, alternativamente, podrían dar largas al asunto esperando que el gobierno legisle sin acuerdo. Creo que el gobierno sacará adelante esta reforma, con o sin aquiescencia sindical. También creo que la reforma no contribuirá sustancialmente a la creación de empleo; tampoco es su objetivo: se trata de tranquilizar a los mercados. En ese escenario, los partidarios del despido libre seguirán presionando. Y el gobierno terminará aceptando. Probablemente, antes de las próximas generales.

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miércoles, 3 de marzo de 2010

De la elegancia y falta de espíritu práctico en economía

Veo a Álvaro Anchuelo, catedrático en la Universidad Rey Juan Carlos y de lo mejor que hay en el circuito académico, asistiendo a las reuniones para el pacto nacional en representación de Unión Progreso y Democracia. Resulta que es miembro de su consejo de dirección. No tenía ni idea de esa actividad política, y la verdad es que me parece encomiable. El primer día, fue el único que dijo algo sensato: “Cuando queda poco dinero el guión es importante, y el que nos acaban de presentar carece de medidas de calado”. Buscando más cosas suyas en la red, he dado con una vídeo-entrevista donde expone de forma coloquial el programa de su partido (aquí). Sus recetas: reformar los órganos de gobierno de las Cajas de Ahorros y racionalizar la administración autonómica, incluso si para ello hay que reformar la Constitución. Bastante razonable, incluso cabiendo algún comentario.

Me decepciona, en cambio, su discurso sobre la reforma del mercado laboral. Denuncia la injusticia de los contratos temporales (“sin ninguna indemnización, en la mayor parte de los casos”) y la especial incidencia del paro entre los jóvenes, las mujeres y los inmigrantes, para mostrar su adhesión a la propuesta de los Cien, es decir, a un contrato único con indemnización creciente a lo largo del tiempo.

Cuantas más vueltas le doy al contrato único de trabajo, más convencido estoy de que los economistas más brillantes lo defienden porque es una solución elegante. Ejerce una fascinación parecida al tipo único en el impuesto sobre la renta, que propuso Friedman y hace unos años defendiera Miguel Sebastián, ¿lo recuerdan? La elegancia formal es la pasión de los economistas, con poca o ninguna atención a los efectos prácticos. Tristemente, esa pasión sostuvo el impulso desregulador de las tres últimas décadas, que es lo que nos ha traído al punto en que estamos.

Todo el empleo que se crea ahora es sobre la base de contratos temporales (el índice de rotación no puede ser ya más elevado), precisamente porque no tienen indemnización en la mayor parte de los casos. Ahora, por tanto, la indemnización de los contratos indefinidos no frena en absoluto la creación de nuevos empleos, porque esa indemnización no es de aplicación a los puestos de trabajo cuya creación están decidiendo los empresarios. A menos que se sostenga la teoría – que no he oído defender todavía pero espero que alguien se decida pronto a hacerlo – de que sería bueno “purgar” a las empresas ajustando sus plantillas antes de proceder a expandirlas de nuevo, el contrato único con indemnización reducida no va a ayudar nada al empleo. Lo que se dice nada, pero nada, nada.

Más elegante que la abigarrada panoplia de modelos contractuales que hay ahora, sí que lo es. ¿A quién se le ocurriría negarlo?

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